Deducciones sobre el precio de venta.

En el caso de ejercitarse la opción a compra se deducen los siguientes importes:

1.- Los siguientes % de las RENTAS SATISFECHAS sobre el precio de venta: VISESA se sujeta a otros % más ventajosos para sus clientes y que superan los mínimos establecidos en la ordenanza:

a) el 60% de las rentas satisfechas si se ejercita la opción a compra en el 5º año.
b) el 65% de las rentas satisfechas si se ejercita la opción a compra en el 4º año.
c) el 70% de las rentas satisfechas si se ejercita la opción a compra en el 3º año.
d) el 75% de las rentas satisfechas si se ejercita la opción a compra en el 2º año.
e) el 80% de las rentas satisfechas si se ejercita la opción a compra en el 1º año.

2.- La contraprestación abonada.

(*) Condiciones generales.